RESISTENCIA, 18 de marzo de 2024
VISTO: El Decreto Nacional N° 106/2023 y la Resolución General N° 2171; y
CONSIDERANDO:
Que, con el dictado de la Resolución General N° 2171 se estableció el calendario de vencimientos correspondiente al año 2024, para aquellos sujetos pasivos de los distintos tributos locales;
Que, con posterioridad el Gobierno Nacional fijó los feriados con fines turísticos correspondientes al año 2024, e incluyó como feriado puente al día 21 de junio de 2024, fecha que coincide con ciertos vencimientos previstos por esta Administración Tributaria;
Que, como consecuencia de ello, resulta necesario establecer una nueva fecha para los vencimientos de las obligaciones fiscales que operaban ese día y para ello han tomado la intervención que les compete, las Direcciones de Recaudación Tributaria e Informática;
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas a la Administración Tributaria Provincial por el Código Tributario Provincial, Ley N° 83-F-texto actualizado, la Ley Orgánica N° 55-F, y la Ley N° 1289-A;
Por ello:
LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA DE LA PROVINCIA DEL CHACO
RESUELVE:
Artículo 1°: Modificar, en función a los motivos expresados en los considerandos, las fechas de vencimiento establecidas en la Resolución General N° 2171, para la presentación de las declaraciones juradas y el pago correspondiente a las obligaciones fiscales que vencen el día 21 de junio de 2024 y que se detallan a continuación, las que operarán el día 24 de junio de 2024:
Artículo 2°: Tome razón Despacho, regístrese. Notifíquese, a las distintas dependencias de esta Administración. Publíquese en el sitio web del Organismo.
* Servicio exclusivo para matriculados/as del CPCECABA