B.O.:25/03/2024
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: Circular CONAU 1-1622: Distribución de resultados. Adecuaciones.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, establece:
“ Disponer que hasta el 31.12.24 las entidades financieras que cuenten con la autorización previa del BCRA –de conformidad con lo previsto en la Sección 6. de las normas sobre “Distribución de resultados”– podrán distribuir resultados en 6 cuotas iguales, mensuales y consecutivas por hasta el 60 % del importe que hubiera correspondido de aplicar las citadas normas. Tal distribución de resultados deberá ser consistente con lo que se informe en el Régimen Informativo “Plan de negocios y proyecciones e informe de autoevaluación del capital”.
El cómputo de los conceptos previstos en las Secciones 2. a 5. de las normas citadas, así como del importe de las cuotas señaladas, deberá realizarse en moneda homogénea de la fecha de la asamblea y del pago de cada una de las cuotas, según el caso.” Al respecto, les hacemos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas de la referencia.
Por último, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Sistema Financiero - MARCO LEGAL y NORMATIVO - Ordenamientos y resúmenes - Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).
Saludamos a Uds. atentamente.
Ana M. Dentone, Subgerenta de Regulaciones Técnico - Prudenciales
Enrique C. Martin, Gerente de Emisión de Normas.
* Servicio exclusivo para matriculados/as del CPCECABA