Los Contribuyentes Locales del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos de la jurisdicción de Buenos Aires, todos los años deben cumplir con la presentación de la Declaración Jurada Anual, la cual consiste en un resumen de cada uno de los anticipos mensuales ya presentados.
Por este motivo, te compartimos un breve repaso de la normativa relacionada, las fechas de vencimiento y un paso a paso para poder realizar la misma de forma online.
IMPORTANTE: en el caso de que el contribuyente durante el periodo fiscal 2023 haya cambiado de régimen, este deberá de igual forma cumplir con la presentación de la Declaración Jurada Anual por aquellos periodos en los cuales hubiere estado dentro del Régimen como Contribuyente Local.
MARCO NORMATIVO
El segundo párrafo del artículo 210 del Código Fiscal de la provincia de Buenos Aires, establece que, “Juntamente con el pago del último anticipo del año, deberá presentarse una declaración jurada en la que se determinará el impuesto del período fiscal anual e incluirá el resumen de la totalidad de las operaciones del período.”
Asimismo, también es importante mencionar que la falta de cumplimiento a los deberes formales será pasible de multas.
El artículo 60 del Código Fiscal menciona que, la no presentación de declaraciones juradas, será sancionada sin necesidad de requerimiento previo, con una multa automática de:
- $4.140 para Personas Humanas, y
- $8.411 para sociedades, asociaciones o entidades de cualquier clase constituidas regularmente o no.
CALENDARIO DE VENCIMIENTO
TERMINACIÓN DEL CUIT | VENCIMIENTO |
0-1 | 22/04/2024 |
2-3 | 23/04/2024 |
4-5 | 24/04/2024 |
6-7 | 25/04/2024 |
8-9 | 26/04/2024 |
PASOS PARA SU PRESENTACIÓN
La aplicación exhibirá una pantalla con el detalle de las Declaraciones Juradas mensuales oportunamente presentadas, mostrando los siguientes conceptos:
- Ingresos Totales gravados, no gravados y exentos.
- Impuesto Determinado.
- Art.208 CF (T.O.2011).
- Total de Deducciones (Retenciones - Retenciones Banco – Percepciones - Percepciones Aduaneras - devoluciones).
- Compensaciones.
- Pagos.
- Otros Créditos (en caso de DDJJ correspondientes a los años 1990-1999 se unificarán los importes de los conceptos, ya sea de Pagos a cuenta Registrados como Otros Créditos).
- Saldo a favor de Arba / Contribuyente.
Luego, se deberá presionar el botón “Continuar”.