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2024-04-24 | Preguntas frecuentes

IVA. Venta de bien mueble


¿Cuál es el tratamiento de la venta de automóviles en subastas judiciales?


Para determinar si la operación debe someterse al impuesto, hacemos mención al Dictamen (Dir. Asesoría Técnica) 65/1994 en el cual la AFIP aclara que el remate sólo constituye el procedimiento a través del cual se materializa la transferencia sin que el mismo altere el encuadramiento que cabe dispensarle a la operación, conforme con las disposiciones del gravamen relativas al objeto y al sujeto.


En base a lo mencionado, el artículo 2 de la Ley de IVA considera venta a toda transferencia a título oneroso, entre personas de existencia visible o ideal, sucesiones indivisas o entidades de cualquier índole, que importe la transmisión del dominio de cosas muebles y cita como ejemplo a las ventas y subastas judiciales y cualquier otro acto que conduzca al mismo fin, excepto la expropiación.

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