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2024-04-23 | Normativa

Resolución ATM Mendoza 50/2024. Aprueba el aplicativo web denominado "CARTA DE PAGO WEB".


B.O. Mendoza 23/04/2024

Mendoza, 22 de abril de 2024


VISTO:


El Expte. N° EX-2023-08845845-GDEMZA-DGR_ATM, lo dispuesto en el Código Procesal Civil, Comercial y Tributario de la Provincia de Mendoza, Código Fiscal (t.o. s/Decreto N° 1176/19 y sus modificatorias) y la Resolución Interna A.T.M. N° 39/2016, y


CONSIDERANDO:


Que el Código Procesal Civil, Comercial y Tributaria de la Provincia de Mendoza establece que la Administración Tributaria Mendoza, tendrá a su cargo el cobro compulsivo de los créditos tributarios y no tributarios y sus intereses, recargos y multas, así como de cualquier otro valor adeudado a la Provincia, que se le encargue expresamente siempre que exista título suficiente, por medio del procedimiento de apremio.


Que en virtud de ello, el Código Fiscal dispone que la Administración impartirá instrucciones y comunicará novedades a los recaudadores fiscales, sobre los procesos de apremio a su cargo.


Que a tal efecto, por Resolución Interna A.T.M. N° 39/2016, se aprueba la reglamentación de la designación y actividades de los recaudadores fiscales de esta Administración.


Que dentro de las ejecuciones por juicio de apremio en las que esta Administración es parte actora, se encuentra el procedimiento de levantamiento de medidas cautelares, para el cual los profesionales solicitan la emisión de la carta de pago y conformidad por parte del Organismo.


Que a los fines de optimizar los tiempos para dar respuesta a la solicitud de los profesionales, resulta necesario automatizar los controles que permiten verificar el pago de las obligaciones reclamadas en el juicio de apremio y, de ser procedente, emitir la conformidad profesional firmada electrónicamente por la Administración.


Que dicho proceso permite a los profesionales designados como recaudadores fiscales de esta Administración, gestionar en forma digital, la carta de pago y conformidad profesional firmada electrónicamente.


Por ello, y de conformidad con lo establecido por la Ley N° 8521 y el Código Fiscal (t.o. s/Decreto N° 1176/19 y su modificatoria),


EL ADMINISTRADOR GENERAL DE LA


ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA MENDOZA


RESUELVE:


Artículo 1°- Apruébase el aplicativo web, denominado "CARTA DE PAGO WEB", que permite generar, por medios electrónicos, la Carta de Pago y Conformidad Profesional para el levantamiento de las medidas cautelares solicitadas y trabadas en el marco de los juicios de apremio en los que la Administración Tributaria Mendoza sea parte actora.


Artículo 2°- El aplicativo identificado en el artículo 1° se encontrará disponible en la página web institucional de la Administración Tributaria Mendoza (www.atm.mendoza.gov.ar.), al que se accederá a través de la habilitación del sistema Oficina Virtual. Es requisito indispensable y necesario para acceder al mismo contar con la "Clave Fiscal", otorgada por este Organismo Provincial, siendo aplicables las disposiciones legales que se hayan dictado o dicten en el futuro sobre la materia.


Artículo 3°- La solicitud de la Carta de Pago y Conformidad Profesional, vía web deberá ser tramitado por los profesionales designados como recaudadores fiscales por esta Administración, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Interna A.T.M. N° 39/2016.


Artículo 4°- El profesional habilitado deberá efectuar la solicitud de la Carta de Pago y Conformidad Profesional, directamente desde el portal de la Administración Tributaria Mendoza, ingresando a través de la Oficina Virtual en la página web: www.atm.mendoza.gov.ar. - MIS TRAMITES.


Artículo 5°- Apruébese la Carta de Pago y Conformidad Profesional, que como Anexo, forma parte de la presente Resolución General.


Artículo 6°- La presente resolución tendrá vigencia a partir de la publicación.


Artículo 7°- Publíquese en el Boletín Oficial. Notifíquese en forma electrónica a cada recaudador fiscal en actividad. Comuníquese a la Dirección General de Rentas y al Departamento de Gestión de Cobranzas. Dése a conocimiento de las áreas de la Administración a través de la página web: www.atm.mendoza.gov.ar. Cumplido, con constancias, archívese.

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