¿Es obligatorio el controlador fiscal para monotributistas?
Ante dicha inquietud, respecto a la obligatoriedad o no del controlador fiscal para los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para pequeños contribuyentes (monotributista), la Resolución General AFIP 4290/2018 ofrece una respuesta clara en su artículo 6. Los monotributistas están obligados a utilizar controlador fiscal y/o emitir facturación electrónica. La elección entre estas modalidades queda a criterio del contribuyente, pudiendo optar por una de ellas o ambas en conjunto.
Los monotributistas efectores sociales y los incluidos Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente, pueden emitir comprobantes manuales, pudiendo optar por emitirlos electrónicamente.
* Servicio exclusivo para matriculados/as del CPCECABA