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2024-06-04 | Normativa

Resolución TTN - MEC 13/2024. Modificaciones a la normativa


B.O.: 04/06/2024

Ciudad de Buenos Aires, 31/05/2024


VISTO el Expediente Electrónico Nº EX-2024-55532724- -APN-DAJ#TTN, la Ley Nº 21.626 Orgánica del Tribunal de Tasaciones de la Nación (t.o. 2001) y el Decreto Nº 536 del 25 de agosto de 2022 y;


CONSIDERANDO


Que la Ley Nº 21.626 Orgánica del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN (t.o. 2001) estableció en su inciso b) del artículo 3º que es competencia del mismo actuar como organismo rector en el ámbito de las tasaciones, estableciendo normas y métodos de alcance nacional.


Que la citada ley establece que el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN dictará su Reglamento Interno de funcionamiento y el Manual de Procedimientos.


Que por el Acta de Sesión Especial Nº 17 del 2 de agosto de 2023 se aprobó por mayoría el Procedimiento Interno TTN N° 5.1 (punto 13).


Que por la Nota Nº NO-2024-42681393-APN-TTN#MEC del 25 de abril de 2024 el Presidente del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN informó a la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN que con el objetivo de mejorar los tiempos de respuesta, desburocratizar y simplificar los procedimientos administrativos, eliminando redundancias y reordenando la normativa interna, este Tribunal se encuentra abocado a la revisión del procedimiento interno vinculado a los criterios técnicos aplicados para informar los Valores Razonables de los inmuebles tasados a solicitud de las compañías aseguradoras.


Que por la Resolución Nº RESOL-2024-181-APN-SSN#MEC del 11 de abril de 2024 de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN se han realizado modificaciones que no alteraron los parámetros establecidos a partir de la vigencia de la Resolución General Nº 818 del 14 de agosto de 2018 de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN en lo referido a la definición del Valor Razonable.


Que en respuesta a la mentada Nota, por conducto de la Nota Nº NO-2024-52216855-APN-SSN#MEC del 20 de mayo de 2024, la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN informó que resulta suficiente que la información de los inmuebles contenida en los Dictámenes de Valor emitidos por ese Tribunal de Tasaciones de la Nación refiera única y exclusivamente al Valor de mercado.


Que en el Acta de Sesión Especial Nº 10 del 28 de mayo de 2024 el Cuerpo Colegiado resolvió aprobar por unanimidad el PROCEDIMIENTO INTERNO TTN Nº 5.2 para la VALUACIÓN Y EXPOSICIÓN DE BIENES INMUEBLES EN EL MARCO DEL REGLAMENTO GENERAL DE LA ACTIVIDAD ASEGURADORA que surge del Informe Nº IF-2024-55059950-APN-TTN#MEC.


Que se advirtió un error involuntario en la numeración del articulado de la Resolución Nº RS-2024-56800481-APN-TTN#MEC y en tal sentido, corresponde su rectificación.


Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN ha tomado intervención de su competencia.


Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 4° de la Ley Nº 21.626 (T.O. 2001) y el artículo 3° del Anexo al Decreto N° 536 del 25 de agosto de 2022.


Por ello,


EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN


RESUELVE:


ARTÍCULO 1°.- Rectifíquese la Resolución Nº 12 del 30 de mayo de 2024 identificada con el Nº RS-2024-56800481-APN-TTN#MEC en los términos de la presente.


ARTÍCULO 2°.- Déjese sin efecto en el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN el Procedimiento Interno Nº 5.1, aprobado mediante el Acta de Sesión Especial Nº 17 del 2 de agosto de 2023.


ARTÍCULO 3°.- Aplíquese en el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, a partir del dictado de la presente medida, el Procedimiento Interno TTN Nº 5.2, para la valuación y exposición de bienes inmuebles en el marco del reglamento general de la actividad aseguradora, que como Anexo I forma parte integrante de la medida (IF-2024-55059950-APN-TTN#MEC).


ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.-


Julio Roberto Villamonte

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PROCEDIMIENTO INTERNO TTN 5.2

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