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2024-05-31 | Normativa

Resolución General ATP Formosa 17/2024. VALUACIÓN FISCAL MÍNIMA.


B.O. Formosa 31/05/2024

Formosa, 28 de mayo de 2024


VISTO: La Ley Provincial N° 1.733, el Artículo 6º del Código Fiscal de la Provincia de Formosa- Ley 1.589 y sus modificatorias, el Artículo 56° de la Ley Impositiva N° 1.590 y sus modificatorias, la Resolución General Nº 67/2021 que establece los Valores Fiscales Mínimos de Referencia, y;


CONSIDERANDO:


Que la Ley Provincial N° 1.733 dispuso la creación de la Administración Tributaria de la Provincia de Formosa, continuadora jurídica de las facultades y responsabilidades de la Dirección General de Rentas conferidas por el Código Fiscal – Ley N° 1.589 y sus modificatorias y la Ley Impositiva N° 1.590 y sus modificatorias;


Que, el Artículo 6° mencionado en el Visto, otorga a la Administración, funciones referentes a la determinación, fiscalización y recaudación de los impuestos, tasas y contribuciones establecidas por el Código Fiscal. En ese marco, el Artículo 56° de la Ley Impositiva, dispone que, en el caso de la producción primaria, a fin de determinar la base imponible para el cálculo de tributos devengados por su comercialización, la Administración podrá establecer valores fiscales mínimos;


Que, la Resolución General N° 67/2021 estableció los valores que actualmente se encuentran vigentes, resultando necesario actualizarlos, debido variación de los precios que son de notorio y público conocimiento;


Que, en ese sentido se trabajó con la colaboración del Ministerio de la Producción y Ambiente, para establecer los precios de referencia de comercialización de los productos primarios, consignados en el Anexo I de la presente resolución, tomando como referencia valores representativos del sector productivo;


Que, en otro orden de ideas, para los rubros minerales, flete terrestre, material reciclable y la comercialización de plantas ornamentales, se consideró prudente que la actualización de dichos rubros se realice en función de los Índices de Precios al Consumidor Nivel General publicados por el organismo competente;


Que, en el marco señalado, deviene necesario y conveniente dictar el instrumento que establezca los valores fiscales mínimos de referencia, a ser aplicados en las condiciones establecidas por el Artículo 56° de la Ley Impositiva N° 1.590 y sus modificatorias, para la determinación de la base imponible y el cálculo del cobro de los distintos tributos que esta Administración percibe;


Que, en virtud de lo expuesto, y conforme a las facultades conferidas por la Ley Provincial N° 1.733, corresponde el dictado del acto administrativo pertinente;


Por ello:


EL ADMINISTRADOR GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE LA PROVINCIA DE FORMOSA


RESUELVE:


ARTÍCULO 1º: APRUÉBESE las Valuaciones Fiscales Mínimas de Referencia de los productos primarios vinculados al sector pecuario, agrícola y forestal; y, de los productos de los rubros: minerales, flete terrestre, materiales reciclables y plantas ornamentales, consignados en el Anexo I de la presente Resolución y que forma parte integrante de la misma.


ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE que la presente Resolución General entrará en vigencia a partir del 01 de junio de 2024.


ARTÍCULO 3º: DERÓGUESE en todas sus partes a partir de la vigencia de la presente, la Resolución General Nº 67/2021-DGR y toda norma que se oponga a la presente.


ARTÍCULO 4º: REGÍSTRESE, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial, Cumplido, ARCHÍVESE.

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