B.O. Tucumán 14/06/2024
Emisión: 12/6/2024
VISTO los vencimientos de las obligaciones tributarias establecidos para el período fiscal en curso a través de la RG (DGR) N° 91/23 de fecha 14/12/23, y
CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto Nacional N° 106/2023 de fecha 28/12/23 se estableció como día feriado con fines turísticos -previsto en el artículo 7° de la Ley Nacional N° 27.399- para el año 2024, entre otros, el día 21 de Junio del corriente año;
Que teniendo en cuenta que el citado Decreto Nacional N° 106/2023 fue dictado con posterioridad a la fecha de emisión de la referida RG (DGR) N° 91/23, es que corresponde readecuar los vencimientos del día 21 de Junio de 2024, prorrogando los mismos hasta el día 24 de Junio de 2024 inclusive;
Que han tomado la intervención que les compete los Departamentos Técnico Tributario, Técnico Legal, Recaudación e Informática;
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- PRORROGAR hasta el día 24 de Junio de 2024 inclusive, las presentaciones de declaraciones juradas y los pagos de las obligaciones correspondientes a los tributos que se indican a continuación, cuyos vencimientos operan el 21 de Junio de 2024:
a) Impuesto sobre los Ingresos Brutos:
1) Contribuyentes locales: anticipo 5/2024, con número de CUIT terminados en 4 y 5.
2) Contribuyentes del Régimen de Convenio Multilateral: anticipo 5/2024, con número de CUIT terminados en 8 y 9.
b) Tasa al Uso Especial del Agua: cuota N° 2/2024.
Artículo 2º.- Notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
FIRMANTE: Graciela de los Ángeles Acosta
* Servicio exclusivo para matriculados/as del CPCECABA