¿Cuál es el incentivo para los contribuyentes del Impuesto sobre los Bienes Personales que establece la Ley 27.737?
El artículo 9 de la Ley 27.737 modificó el artículo 21 de la Ley 23.966 del Impuesto sobre los Bienes Personales, introduciendo el inciso l). El mismo establece que los inmuebles con destino a locación para casa-habitación del contribuyente, o del causante en el caso de sucesiones indivisas, se encontraran exentos del impuesto cuando el valor de cada uno de ellos sea igual o inferior al monto establecido en el segundo párrafo del artículo 24.
Según el artículo 63 de la Ley 27.743, el mínimo no imponible fue establecido en $ 350.000.000 para el periodo fiscal 2023.
Cabe aclarar que los contratos deberán encontrarse debidamente registrados.
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