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2024-07-22 | Normativa

Comunicación A BCRA 8066/2024


B.O.: 22/07/2024

18/07/2024


A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:


Ref.: LISOL 1-1066. Capitales mínimos de las entidades financieras. Cobertura del riesgo de crédito. Adecuaciones.


Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, establece:


“- Sustituir, con vigencia a partir del 01/10/24, la Sección 5. de las normas sobre “Capitales mínimos de las entidades financieras” por lo establecido en el Anexo a la presente comunicación.”


Asimismo, les informamos que posteriormente les haremos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponderá incorporar en las normas de la referencia.


Saludamos a Uds. atentamente.


BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.


Enrique C. Martin, Gerente de Emisión de Normas - Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas.

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Anexo Com A 8066

A8066.pdf

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