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2024-08-01 | Normativa

Resolución ATM Misiones 998/2024. Ratifica la Resolución ATM Misiones 7/2024.


B.O. Misiones 01/08/2024

Posadas, 30 de julio de 2024


VISTO: El Expediente Nº 3000-1545-2.024- Registro del Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos caratulado: SUBSECRETARÍA DE INGRESOS, FINANZAS Y COORDINACIÓN FISCAL “E/ PTO. RESOLUCIÓN RATIFICACIÓN RESOLUCIÓN GRAL. Nº 07/24”; y,


CONSIDERANDO:


QUE, por Resolución General Nº 07/24 de la Dirección General de Rentas se modificó el Artículo 5º de la R.G. Nº 08/2.010-DGR la cual establece el monto mínimo consignado para la exigibilidad del Formulario SR-322 cuando la suma sea igual o superior a $ 250.000 (PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL);


QUE, por Artículo 16° de la Ley VII - Nº 100 se facultó al poder Ejecutivo a través del Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos para efectuar las adecuaciones en las Leyes XXII - Nº 35 (antes Ley 4.366) y XXII- Nº 25 (antes Ley 3.262), de las alícuotas y de los tributos allí establecidos, con amplias facultades para establecer o modificar los regímenes vigentes de pagos a cuenta, percepción, bonificaciones, retención o recaudación e información; QUE, el tercer párrafo del artículo 10° de la Ley XXII - N° 35 determina que en lo que atañe a la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos a cargo de la Dirección General de Rentas, la misma se desenvolverá bajo la superintendencia general del Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos a través de su estructura orgánica; QUE, el presente instrumento legal se impulsa en el marco de la facultad establecida por el Artículo 16° de la Ley VII - Nº 100 y el Artículo 10° de la Ley XXII - N° 35;


POR ELLO:


EL SEÑOR MINISTRO DE HACIENDA, FINANZAS, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS


RESUELVE:


ARTÍCULO 1°.- RATIFÍCASE la Resolución General Nº 07/2.024 de registro de la Dirección General de Rentas en el marco de lo dispuesto en el Artículo 16° de la Ley VII - N° 100 y la Ley XXII - N° 35.-


ARTÍCULO 2°.- REGÍSTRESE. Comuníquese, tomen conocimiento el Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos, Subsecretaría de Ingresos, Finanzas y Coordinación Fiscal y la Dirección General de Rentas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia. Cumplido. ARCHÍVESE.-

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