En el marco del Régimen de Regularización de Activos establecido por la Ley 27.743, hay dos tipos de cuentas especiales:
Te compartimos un resumen de los temas importantes que necesitas conocer para la apertura de las cuentas especiales, a fin de regularizar tenencia en efectivo.
Marco regulatorio
Cuentas especiales bancaria
Acreditaciones
Movimiento de los fondos depositados
- Manifestar, con carácter de declaración jurada, que ese monto será utilizado en operaciones onerosas debidamente documentadas (factura, boleto de compraventa, escritura, entre otros).
- Por inversión en fondos en los destinos permitidos, se podrá efectuar los siguientes débitos:
- Venta de la moneda extranjera depositada para obtener los fondos en pesos para el pago del impuesto deberá presentar a la entidad el “Volante electrónico de pago” (VEP) que emita el sistema de la AFIP.
- No se admiten débitos en efectivo, los retiros deben realizarse mediante transferencias bancarias.
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El Banco Central de la República Argentina (BCRA) estableció dejar sin efecto lo siguiente:
Cuenta comitente especial
De conformidad con los instrumentos financieros elegibles para: ingresar ofertas en la colocación primaria, y dar curso a operaciones en el ámbito de la negociación secundaria, los Agentes de Liquidación y Compensación (“ALyC”) deberán proceder, en forma previa, a la apertura de:
Plazo de inversión
Las operaciones deberán ser concertadas en segmentos de concurrencia de ofertas con prioridad precio tiempo y liquidadas dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la fecha de acreditación de los fondos, provenientes de la/s cuenta/s bancaria/s denominadas “Cuenta/s Especial/es de Regularización de Activos” de titularidad/cotitularidad del cliente ordenante de las mismas, en la cuenta bancaria denominada “Cuenta Especial de Regularización de Activos” de titularidad de dichos Agentes.
Acreencias
Los fondos resultantes de la liquidación de las operaciones de venta de valores negociables previamente adquiridos, deberán ser:
Importante: los ALyC bajo su responsabilidad deberán garantizar y cumplir, en todo momento, la trazabilidad del origen y destino de los fondos y, en consecuencia, implementar las correspondientes medidas tendientes a la adecuada registración y conservación de la documentación respaldatoria de los fondos aplicados a las Inversiones Elegibles.
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* Servicio exclusivo para matriculados/as del CPCECABA