B.O. Jujuy 14/08/2024
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 6409
"DE ADHESIÓN AL TÍTULO VII DE LA LEY NACIONAL N° 27.742"
ARTÍCULO 1º.- Adhiérase la Provincia de Jujuy a los términos previstos en el Título VII denominado "RÉGIMEN DE INCENTIVO PARA GRANDES INVERSIONES (RIGI)" que contiene los Capítulos I al XII y los Artículos Nros. 164 al 228 respectivamente de la Ley Nacional N° 27.742, cuyo texto forma parte de la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º.- El Poder Ejecutivo Provincial dispondrá las medidas pertinentes a los fines de dar cumplimiento con lo dispuesto en el Artículo 1.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-
* Servicio exclusivo para matriculados/as del CPCECABA