¿Puede el Responsable Sustituto de un Sujeto Residente
del Exterior solicitar el Beneficio como Contribuyente Cumplidor de reducción
de alícuota por haber cumplido con la totalidad de sus obligaciones fiscales en
el Impuesto Sobre los Bienes Personales respecto de los períodos fiscales 2020
a 2022 de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley 27.743 sobre
Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes?
No resulta de aplicación el Beneficio de Contribuyente
Cumplidor para Residentes del Exterior al no estar contemplado este caso en la Ley
27.743 sobre Medidas Fiscales, Paliativas y Relevantes referente a la reducción
de la alícuota del cero coma cincuenta puntos porcentuales aplicable a los
períodos fiscales 2023, 2024 y 2025.
* Servicio exclusivo para matriculados/as del CPCECABA