Se trata de un trámite que pide AGIP para confirmar la Inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos de una Persona Jurídica en su carácter de Contribuyente de Convenio Multilateral. Este trámite es exigible cuando se realicen actividades en dos o más jurisdicciones con la condición de que la Jurisdicción Sede sea CABA.
Recordemos que para que la jurisdicción Sede sea CABA, el domicilio legal deberá ser en dicha jurisdicción.
El trámite deberá iniciarse desde la página institucional web de la Comisión Arbitral (https://www.ca.gov.ar/)
La documentación que deberá presentarse dependerá de cuál sea el carácter de la sociedad:
- Si se trata de Sociedades Comerciales tipificadas en la Ley 19.550 la documentación exigible es:
Restantes sociedades:
Para el caso de Sociedades de Hecho constituidas a partir del 1 de agosto de 2015, será necesario presentar el contrato de constitución público o privado.
Destacamos que el peso total de los archivos debe ser inferior a 9,57 mb (9.800 kilobytes). Si se excede ese volumen, al finalizar e intentar enviar el formulario, aparecerá un error.
* Servicio exclusivo para matriculados/as del CPCECABA