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2024-09-08 | Noticias

Blanqueo. Monotributistas y obras. La AFIP formula aclaraciones


Mediante la Resolución General AFIP 5561/2024, se establecen adecuaciones respecto de sujetos adheridos al Monotributo y la documentación a presentar en materia de mejoras sobre inmuebles, otros bienes y participaciones en patrimonios del exterior. 



Monotributistas


Los bienes declarados en el marco del Régimen de Regularización de Activos no serán tenidos en cuenta como antecedentes a los fines de la exclusión o recategorización del Régimen Simplificado respecto de los períodos anteriores a dicha declaración.



Régimen de Regularización de Activos



Bienes en el país



Mejoras sobre inmuebles



Titularidad


La titularidad del inmueble de la obra en construcción o sobre el cual se realizaron las mejoras a declarar se acreditará con escritura traslativa de dominio, boleto de compraventa con posesión u otro compromiso similar, en ambos casos deberá contar con certificación notarial, siempre que se hubiere otorgado la posesión al 31/12/2023.


Valuación


Facturas o documentación equivalente que respalde las sumas invertidas desde la fecha de cada inversión y/o informe técnico confeccionado por profesional idóneo en la materia que certifique la valoración de dichas mejoras y/o certificado de grado de avance de obra y/o contrato de locación de obra y/o cualquier otro medio fehaciente que acredite la valuación de la mejora al inmueble.


En ningún caso podrá ser inferior a la suma que surja de multiplicar por 4 la base imponible del impuesto inmobiliario o tributos similares a la fecha de regularización.  El contribuyente podrá demostrar que el valor de mercado es inferior al valor mínimo, acompañando un informe de corredor inmobiliario u otro profesional idóneo.


Demás bienes


Se incluyen los bienes de cambio, en proceso de producción y/o terminados al 31 de diciembre de 2023.


Titularidad


Factura de compra o documento equivalente específico de la actividad, y/o contratos, y/o cualquier otro medio fehaciente que acredite la titularidad, indicando concepto o descripción y cantidad de los bienes, en caso de corresponder. 


Valuación


Se acreditará a través de la misma documentación que aplica para titularidad y toda otra que pueda surgir (póliza de compañías de seguro, sitios web de compraventa de bienes o valuaciones realizadas por profesionales expertos en la materia – martillero, rematador, etc. -



Bienes en el exterior



Mejoras sobre inmuebles



Titularidad


La titularidad del inmueble de la obra en construcción o sobre el cual se realizaron las mejoras a declarar se acreditará con escritura traslativa de dominio, boleto de compraventa con posesión u otro compromiso similar, en ambos casos deberá contar con certificación notarial, siempre que se hubiere otorgado la posesión al 31/12/2023.


Valuación


Facturas o documentación equivalente que respalde las sumas invertidas desde la fecha de cada inversión y/o informe técnico confeccionado por profesional idóneo en la materia que certifique la valoración de dichas mejoras y/o certificado de grado de avance de obra y/o contrato de locación de obra y/o cualquier otro medio fehaciente que acredite la valuación de la mejora al inmueble.


En ningún caso podrá ser inferior a la suma que surja de multiplicar por 4 la base imponible del impuesto inmobiliario o tributos similares a la fecha de regularización.  El contribuyente podrá demostrar que el valor de mercado es inferior al valor mínimo, acompañando un informe de corredor inmobiliario u otro profesional idóneo.


Participación en sociedades u otros tipos de patrimonios


Cuando no se encuentren obligados a confeccionar estados contables, deberán acompañar un estado de situación patrimonial sustentado en certificaciones extendidas en el país extranjero por los organismos de aplicación, profesionales habilitados para o una constancia de la valuación suscripta por el respectivo representante legal.




Se incluyen los bienes de cambio, en proceso de producción y/o terminados al 31 de diciembre de 2023.


Titularidad 


Factura de compra o documento equivalente específico de la actividad, y/o contratos, y/o cualquier otro medio fehaciente, indicando concepto o descripción y cantidad de los bienes, en caso de corresponder.


Valuación


Factura de compra o documento equivalente específico de la actividad, y/o contratos, y/o cualquier otro medio fehaciente (póliza de compañías de seguro, sitios web de compraventa de bienes o valuaciones realizadas por profesionales expertos en la materia martillero, rematador, etc).



Bienes en el país


Tipo de bien

Titularidad

Valuación

Mejoras

La titularidad del inmueble de la obra en construcción o sobre el cual se realizaron las mejoras a declarar se acreditará con escritura traslativa de dominio, boleto de compraventa con posesión u otro compromiso similar, en ambos casos deberá contar con certificación notarial, siempre que se hubiere otorgado la posesión al 31/12/2023

Facturas o documentación equivalente que respalde las sumas invertidas desde la fecha de cada inversión y/o informe técnico confeccionado por profesional idóneo en la materia que certifique la valoración de dichas mejoras y/o certificado de grado de avance de obra y/o contrato de locación de obra y/o cualquier otro medio fehaciente que acredite la valuación de la mejora al inmueble.

 

En ningún caso podrá ser inferior a la suma que surja de multiplicar por 4 la base imponible del impuesto inmobiliario o tributos similares a la fecha de regularización.  El contribuyente podrá demostrar que el valor de mercado es inferior al valor mínimo, acompañando un informe de corredor inmobiliario u otro profesional idóneo.

Resto de los Bienes (se incluyen los bienes de cambio, en proceso de producción y/o terminados al 31 de diciembre de 2023

Factura de compra o documento equivalente específico de la actividad, y/o contratos, y/o cualquier otro medio fehaciente que acredite la titularidad, indicando concepto o descripción y cantidad de los bienes, en caso de corresponder.

Se acreditará a través de la misma documentación que aplica para titularidad y toda otra que pueda surgir (póliza de compañías de seguro, sitios web de compraventa de bienes o valuaciones realizadas por profesionales expertos en la materia – martillero, rematador, etc. -



Bienes en el exterior


Tipo de bien

Titularidad

Valuación

Mejoras

La titularidad del inmueble de la obra en construcción o sobre el cual se realizaron las mejoras a declarar se acreditará con escritura traslativa de dominio, boleto de compraventa con posesión u otro compromiso similar, en ambos casos deberá contar con certificación notarial, siempre que se hubiere otorgado la posesión al 31/12/2023

Facturas o documentación equivalente que respalde las sumas invertidas desde la fecha de cada inversión y/o informe técnico confeccionado por profesional idóneo en la materia que certifique la valoración de dichas mejoras y/o certificado de grado de avance de obra y/o contrato de locación de obra y/o cualquier otro medio fehaciente que acredite la valuación de la mejora al inmueble.

 

En ningún caso podrá ser inferior a la suma que surja de multiplicar por 4 la base imponible del impuesto inmobiliario o tributos similares a la fecha de regularización.  El contribuyente podrá demostrar que el valor de mercado es inferior al valor mínimo, acompañando un informe de corredor inmobiliario u otro profesional idóneo.

Participación en sociedades u otros tipos de patrimonios

Cuando no se encuentren obligados a confeccionar estados contables, deberán acompañar un estado de situación patrimonial sustentado en certificaciones extendidas en el país extranjero por los organismos de aplicación, profesionales habilitados para o una constancia de la valuación suscripta por el respectivo representante legal.

Resto de los Bienes (se incluyen los bienes de cambio, en proceso de producción y/o terminados al 31 de diciembre de 2023

Factura de compra o documento equivalente específico de la actividad, y/o contratos, y/o cualquier otro medio fehaciente que acredite la titularidad, indicando concepto o descripción y cantidad de los bienes, en caso de corresponder.

Se acreditará a través de la misma documentación que aplica para titularidad y toda otra que pueda surgir (póliza de compañías de seguro, sitios web de compraventa de bienes o valuaciones realizadas por profesionales expertos en la materia – martillero, rematador, etc. -







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