Mediante la Resolución General AFIP 5561/2024, se establecen adecuaciones respecto de sujetos adheridos al Monotributo y la documentación a presentar en materia de mejoras sobre inmuebles, otros bienes y participaciones en patrimonios del exterior.
Monotributistas
Los bienes declarados en el marco del Régimen de Regularización de Activos no serán tenidos en cuenta como antecedentes a los fines de la exclusión o recategorización del Régimen Simplificado respecto de los períodos anteriores a dicha declaración.
Régimen de Regularización de Activos
Bienes en el país
Mejoras sobre inmuebles
Titularidad
La titularidad del inmueble de la obra en construcción o sobre el cual se realizaron las mejoras a declarar se acreditará con escritura traslativa de dominio, boleto de compraventa con posesión u otro compromiso similar, en ambos casos deberá contar con certificación notarial, siempre que se hubiere otorgado la posesión al 31/12/2023.
Valuación
Facturas o documentación equivalente que respalde las sumas invertidas desde la fecha de cada inversión y/o informe técnico confeccionado por profesional idóneo en la materia que certifique la valoración de dichas mejoras y/o certificado de grado de avance de obra y/o contrato de locación de obra y/o cualquier otro medio fehaciente que acredite la valuación de la mejora al inmueble.
En ningún caso podrá ser inferior a la suma que surja de multiplicar por 4 la base imponible del impuesto inmobiliario o tributos similares a la fecha de regularización. El contribuyente podrá demostrar que el valor de mercado es inferior al valor mínimo, acompañando un informe de corredor inmobiliario u otro profesional idóneo.
Demás bienes
Se incluyen los bienes de cambio, en proceso de producción y/o terminados al 31 de diciembre de 2023.
Titularidad
Factura de compra o documento equivalente específico de la actividad, y/o contratos, y/o cualquier otro medio fehaciente que acredite la titularidad, indicando concepto o descripción y cantidad de los bienes, en caso de corresponder.
Valuación
Se acreditará a través de la misma documentación que aplica para titularidad y toda otra que pueda surgir (póliza de compañías de seguro, sitios web de compraventa de bienes o valuaciones realizadas por profesionales expertos en la materia – martillero, rematador, etc. -
Bienes en el exterior
Mejoras sobre inmuebles
Titularidad
La titularidad del inmueble de la obra en construcción o sobre el cual se realizaron las mejoras a declarar se acreditará con escritura traslativa de dominio, boleto de compraventa con posesión u otro compromiso similar, en ambos casos deberá contar con certificación notarial, siempre que se hubiere otorgado la posesión al 31/12/2023.
Valuación
Facturas o documentación equivalente que respalde las sumas invertidas desde la fecha de cada inversión y/o informe técnico confeccionado por profesional idóneo en la materia que certifique la valoración de dichas mejoras y/o certificado de grado de avance de obra y/o contrato de locación de obra y/o cualquier otro medio fehaciente que acredite la valuación de la mejora al inmueble.
En ningún caso podrá ser inferior a la suma que surja de multiplicar por 4 la base imponible del impuesto inmobiliario o tributos similares a la fecha de regularización. El contribuyente podrá demostrar que el valor de mercado es inferior al valor mínimo, acompañando un informe de corredor inmobiliario u otro profesional idóneo.
Participación en sociedades u otros tipos de patrimonios
Cuando no se encuentren obligados a confeccionar estados contables, deberán acompañar un estado de situación patrimonial sustentado en certificaciones extendidas en el país extranjero por los organismos de aplicación, profesionales habilitados para o una constancia de la valuación suscripta por el respectivo representante legal.
Se incluyen los bienes de cambio, en proceso de producción y/o terminados al 31 de diciembre de 2023.
Titularidad
Factura de compra o documento equivalente específico de la actividad, y/o contratos, y/o cualquier otro medio fehaciente, indicando concepto o descripción y cantidad de los bienes, en caso de corresponder.
Valuación
Factura de compra o documento equivalente específico de la actividad, y/o contratos, y/o cualquier otro medio fehaciente (póliza de compañías de seguro, sitios web de compraventa de bienes o valuaciones realizadas por profesionales expertos en la materia martillero, rematador, etc).
Bienes en el país
Tipo de bien |
Titularidad |
Valuación |
Mejoras |
La titularidad del inmueble de la obra en
construcción o sobre el cual se realizaron las mejoras a declarar se
acreditará con escritura traslativa de dominio, boleto de compraventa con
posesión u otro compromiso similar, en ambos casos deberá contar con
certificación notarial, siempre que se hubiere otorgado la posesión al
31/12/2023 |
Facturas o documentación equivalente que respalde
las sumas invertidas desde la fecha de cada inversión y/o informe técnico
confeccionado por profesional idóneo en la materia que certifique la
valoración de dichas mejoras y/o certificado de grado de avance de obra y/o
contrato de locación de obra y/o cualquier otro medio fehaciente que acredite
la valuación de la mejora al inmueble.
En ningún caso podrá ser inferior a la suma que
surja de multiplicar por 4 la base imponible del impuesto inmobiliario o
tributos similares a la fecha de regularización. El contribuyente podrá demostrar que el
valor de mercado es inferior al valor mínimo, acompañando un informe de
corredor inmobiliario u otro profesional idóneo. |
Resto de los Bienes (se incluyen los bienes de
cambio, en proceso de producción y/o terminados al 31 de diciembre de 2023 |
Factura de compra o documento equivalente específico
de la actividad, y/o contratos, y/o cualquier otro medio fehaciente que
acredite la titularidad, indicando concepto o descripción y cantidad de los
bienes, en caso de corresponder. |
Se acreditará a través de la misma documentación que
aplica para titularidad y toda otra que pueda surgir (póliza de compañías de
seguro, sitios web de compraventa de bienes o valuaciones realizadas por
profesionales expertos en la materia – martillero, rematador, etc. - |
Bienes en el exterior
Tipo de bien |
Titularidad |
Valuación |
Mejoras |
La titularidad del inmueble de la obra en
construcción o sobre el cual se realizaron las mejoras a declarar se
acreditará con escritura traslativa de dominio, boleto de compraventa con
posesión u otro compromiso similar, en ambos casos deberá contar con
certificación notarial, siempre que se hubiere otorgado la posesión al
31/12/2023 |
Facturas o documentación equivalente que respalde
las sumas invertidas desde la fecha de cada inversión y/o informe técnico
confeccionado por profesional idóneo en la materia que certifique la
valoración de dichas mejoras y/o certificado de grado de avance de obra y/o
contrato de locación de obra y/o cualquier otro medio fehaciente que acredite
la valuación de la mejora al inmueble.
En ningún caso podrá ser inferior a la suma que
surja de multiplicar por 4 la base imponible del impuesto inmobiliario o
tributos similares a la fecha de regularización. El contribuyente podrá demostrar que el
valor de mercado es inferior al valor mínimo, acompañando un informe de
corredor inmobiliario u otro profesional idóneo. |
Participación en sociedades u otros tipos de
patrimonios |
Cuando no se encuentren obligados a confeccionar
estados contables, deberán acompañar un estado de situación patrimonial
sustentado en certificaciones extendidas en el país extranjero por los
organismos de aplicación, profesionales habilitados para o una constancia de
la valuación suscripta por el respectivo representante legal. |
|
Resto de los Bienes (se incluyen los bienes de
cambio, en proceso de producción y/o terminados al 31 de diciembre de 2023 |
Factura de compra o documento equivalente específico
de la actividad, y/o contratos, y/o cualquier otro medio fehaciente que
acredite la titularidad, indicando concepto o descripción y cantidad de los
bienes, en caso de corresponder. |
Se acreditará a través de la misma documentación que
aplica para titularidad y toda otra que pueda surgir (póliza de compañías de
seguro, sitios web de compraventa de bienes o valuaciones realizadas por
profesionales expertos en la materia – martillero, rematador, etc. - |
* Servicio exclusivo para matriculados/as del CPCECABA