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2024-09-24 | Noticias

REIBP. Declaración jurada por bienes regularizados y no regularizados


Te brindamos una guía que te ayudara en el proceso de presentación de la declaración jurada del Régimen Especial del Impuesto sobre los Bienes Personales por los bienes no regularizados y regularizados en el Régimen de Regularización de Activos.




DECLARACIÓN JURADA

Y PAGO DEL SALDO


BIENES NO REGULARIZADOS

  • Una vez que hayas efectuado el trámite de adhesión al régimen, podrás confeccionar la declaración jurada del REIBP por los Bienes no Regularizados correspondiente al período fiscal 2023, a través de la opción “Declaración jurada y pago”:





  • Seleccioná “Nueva declaración jurada”:


 



  • En la siguiente pantalla, podrás tildar la opción en caso que el sujeto haya sido residente fiscal en Argentina antes del 31/12/2023 y que a partir de esa fecha perdió la condición.

Asimismo, deberás informar todos los bienes existentes en su patrimonio al 31/12/2023.

Para finalizar, seleccionar la opción “FINALIZAR REGISTRACIÓN”: 


 





  • Recordá que deberás abonar el pago inicial, el cual debe ser como mínimo el 75% del impuesto a pagar del REIBP (o pago total de la obligación) para que quede presentada la declaración jurada, de lo contrario, el sistema arrojará un cartel de advertencia comunicándote que deberás realizar el pago inicial:







  • Seleccioná el medio de pago para generar el VEP y clickea en “GENERAR VOLANTE DE PAGO”:

 



  • Una vez que hayas efectuado el pago inicial (o pagado la totalidad de la declaración jurada), te llegará una comunicación al Domicilio Fiscal Electrónico informándote sobre el estado de la presentación de la declaración jurada.

Podrás consultar la presentación efectuada desde “Declaración jurada y pago”:







  • Al ingresar nuevamente al servicio, el sistema te mostrará el siguiente cartel de advertencia:


 



  • Podrás descargar los papeles de trabajo, el acuse de presentación, la declaración jurada y rectificarla, de ser necesario:






BIENES REGULARIZADOS

  • Para confeccionar la declaración jurada por los Bienes Regularizados, deberás ingresar a la opción “REIBP para bienes regularizados”:





  • En esta nueva pantalla, ingresá a la Etapa según tu manifestación de adhesión (F.3320).
  • IMPORTANTE: Recordá que tuviste que haberte adherido previamente para poder efectuar el pago inicial y la declaración jurada:





  • Confeccioná el VEP para el pago inicial:


IMPORTANTE: En caso en que el contribuyente regularice bienes en diferentes etapas, deberá considerarse como base imponible el valor de la totalidad de los bienes regularizados en todas ellas, debiendo computar como pago a cuenta las sumas oportunamente abonadas en concepto del REIBP. A los fines de la determinación de la base imponible, deberá considerarse a la sumatoria de los bienes regularizados en las diferentes etapas, la que se convertirá al tipo de cambio comprador del Banco de la Nación Argentina del dólar estadounidense, correspondiente al último día hábil anterior a la fecha de presentación de la última declaración jurada.








  • En el siguiente campo, ingresá el importe a pagar. Tene presente que el mismo no podrá ser inferior al 75%del impuesto a determinar del REIBP:


 




EJEMPLO:











También podrás consultar o descargar el VEP generado desde el servicio “Presentación de DDJJ y Pagos”:












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