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2024-09-30 | Normativa

COMUNICACIÓN “A” 8110


A LAS ENTIDADES FINANCIERAS: 

Ref.: Circular  

OPASI 2-726: 

Cuenta Especial de Regularización de Activos. Ley 27.743. Adecuaciones


Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, dispone: 


“- Sustituir los dos primeros y el último párrafo del punto 3.16.3. del texto ordenado sobre Depósitos de Ahorro, Cuenta Sueldo y Especiales por los siguientes: 


“Los fondos depositados deberán permanecer indisponibles hasta el 30/09/24 o 31/10/24 inclusive –según corresponda–, de acuerdo con lo previsto en los Decretos 608/24 y 864/24 y en la reglamentación que establezca la AFIP a tal efecto. En el caso de que el importe total regularizado sea de hasta USD100.000 (dólares estadounidenses cien mil) y el titular decida transferir el importe depositado en esta cuenta hacia otra cuenta propia antes de las fechas límites previstas para la manifestación de adhesión de la Etapa 1 –según corresponda–, la entidad financiera deberá requerir que este último manifieste –con carácter de declaración jurada– que ese monto será utilizado, hasta las fechas límites antes mencionadas, en operaciones onerosas debidamente documentadas –entendiéndose por tales a aquellas que cuenten con el correspondiente respaldo del comprobante pertinente (factura, boleto de compraventa, escritura, entre otros)–.”


 … 

“Durante el periodo de indisponibilidad no se admitirán débitos diferentes de los específicamente autorizados.” 


Al respecto, les hacemos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en el TO sobre Depósitos de Ahorro, Cuenta Sueldo y Especiales. En tal sentido, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Sistema Financiero - MARCO LEGAL Y NORMATIVO - Ordenamientos y resúmenes - Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita). 


Saludamos a Uds. atentamente. 


Darío C. Stefanelli 

Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas


Marina Ongaro Subgerenta 

General  de Regulación Financiera

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Anexo Comunicacion BCRA A 8110.pdf

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