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2025-03-14 | Noticias

Agentes de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos


Te compartimos un cuadro resumen con los parámetros vigentes a la fecha, para actuar como Agentes de Retención y Percepción en el Impuesto sobre los Ingresos brutos en CABA y Buenos Aires:

Ciudad Autónoma de Buenos Aires



Normativa: Resolución AGIP 352/2022

Vigencia: a partir del 1/01/2023


MARCO NORMATIVO

SUJETOS OBLIGADOS

PARÁMETROS

Agentes de Retención y Percepción

Artículo 3

inciso a)

Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos Categoría Locales que desarrollen actividades en la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Ingresos gravados, no gravados y exentos –netos de impuestos– obtenidos en el año calendario inmediato anterior por un monto superior a $500.000.000 siempre que el tributo declarado o determinado en dicho período hubiere superado el importe de $24.000.000.

Agentes de Retención y Percepción

Artículo 3

inciso b)

Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos Categoría Convenio Multilateral

Ingresos gravados, no gravados y exentos –netos de impuestos– obtenidos en el año calendario inmediato anterior por un monto superior a $500.000.000 siempre que, alternativamente:

 

1. Declaren un Coeficiente Unificado superior al 0,20.

2. En los supuestos del artículo 14 del Convenio Multilateral o de sus regímenes Especiales, hubieren declarado o se hubieren determinado obligaciones en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos por un monto superior a $24.000.000 en el año calendario inmediato anterior.

Buenos Aires


Normativa: Resolución Normativa ARBA 4/2025

Vigencia: a partir del 19/02/2025


Las obligaciones establecidas en el Artículo 320 de la Disposición Normativa Serie “B” 1/2004 y modificatorias,  alcanzan a los comisionistas, consignatarios, acopiadores y demás intermediarios que actúen en nombre propio y por cuenta ajena, en tanto cumplan con el requisito de obtención de ingresos que se regula, según el caso, computando los importes que se transfieren a sus comitentes.


MARCO NORMATIVO

SUJETOS OBLIGADOS

PARÁMETROS

Agentes de Retención y Percepción

Artículo 320

 inciso a)

Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que desarrollen actividades de venta de cosas muebles, locaciones (de obras, cosas o servicios) y prestaciones de servicios.

Ingresos brutos operativos (gravados, no gravados y exentos) obtenidos en el año calendario inmediato anterior por un importe superior a $2.800.000.000, debiéndose computar los ingresos provenientes de todas sus actividades y en todas las jurisdicciones.

Agentes de Retención y Percepción

Artículo 320

 inciso b)

Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que realizan como actividad principal el expendio al público de combustibles líquidos derivados del petróleo

Ingresos brutos operativos (gravados, no gravados y exentos) obtenidos en el año calendario inmediato anterior por un importe superior a $4.200.000.000, debiéndose computar los ingresos provenientes de todas sus actividades y en todas las jurisdicciones.

Agentes de Percepción

Artículo 320

Inciso c)

Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que realizan las siguientes actividades:

 

469010:

 Venta al por mayor de insumos agropecuarios diversos

 

469090:

Venta al por mayor de mercancías n.c.p.

 

469091:

Venta al por mayor por abastecimiento de mercadería para reventa en contratos de franquicia

 

463199:

Venta al por mayor de productos alimenticios n.c.p.

 

466330:

Venta al por mayor de artículos de ferretería y materiales eléctricos

 

463111:

Venta al por mayor de productos lácteos

 

463112:

Venta al por mayor de fiambres y quesos

 

464221:

Venta al por mayor de papel y productos de papel y cartón excepto envases

 

464222:

Venta al por mayor de envases de papel y cartón

 

464223:

Venta al por mayor de artículos de librería y papelería

 

466360:

Venta al por mayor de artículos para plomería, instalación de gas y calefacción

 

466391:

Venta al por mayor de artículos de loza, cerámica y porcelana de uso en construcción - 466399 Venta al por mayor de artículos para la construcción n.c.p.

 

465400:

Venta al por mayor de máquinas - herramienta de uso general

 

465990:

Venta al por mayor de máquinas equipo y materiales conexos n.c.p.

 

465390:

Venta al por mayor de máquinas, equipos e implementos de uso especial n.c.p.

 

464620:

Venta al por mayor de artículos de iluminación

 

463170:

Venta al por mayor de alimentos balanceados para animales

 

463180:

Venta al por mayor en supermercados mayoristas de alimentos

 

463191:

Venta al por mayor de frutas, legumbres y cereales secos y en conserva

Ingresos brutos operativos (gravados, no gravados y exentos) obtenidos en el año calendario inmediato anterior por un importe superior a $1.400.000.000, debiéndose computar los ingresos provenientes de todas sus actividades y en todas las jurisdicciones.

Agentes de Percepción

Artículo 320

Inciso d)


Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que realizan las siguientes actividades:

 

- 101011: Matanza de ganado bovino 

- 461031: Operaciones de intermediación de carne -consignatario directo 

- 461032: Operaciones de intermediación de carne excepto consignatario directo

- 463121: Venta al por mayor de carnes rojas y derivados 

- 461033: Matarifes


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