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2025-06-12 | Noticias

RESPONSABLE SUSTITUTO. Quien debe presentar la DDJJ de Bienes Personales y cómo hacerlo



El responsable sustituto, conforme al artículo 6 de la Ley 11.683 de Procedimiento Fiscal, es aquel sujeto obligado a cumplir con las obligaciones tributarias correspondientes a otro contribuyente, en los casos expresamente previstos por la normativa vigente.


Frente al Impuesto sobre los Bienes Personales, el responsable sustituto deberá actuar en nombre del contribuyente no residente, asumiendo la obligación de determinar, declarar y abonar el tributo correspondiente ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).


En este sentido, deberá loguearse con su CUIT y Clave Fiscal en la web de ARCA, y acceder al servicio “Bienes Personales Web”:






Selecciona la opción “Nueva declaración jurada” y hace clic sobre el nombre del sustituido relacionado.


Es importante destacar que “no” se debe dar de alta la relación respecto del sustituido a través del “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal”; es decir, al ingresar al sistema, el mismo “debe” ofrecer la posibilidad de “seleccionar al sustituido”:









El sistema te preguntará si “se cumple alguna presunción del artículo 26 de la ley 23.966”. Selecciona por Si o por No. Luego, selecciona el período 2024 y hace clic en el botón “Iniciar”.


De este modo, el sistema automáticamente arrojara “Establecimiento 1”. Esto es así para poder diferenciar su Declaración Jurada como sujeto del impuesto de la declaración como representante sustituto:

 





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