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2022-12-06 | Noticias

CABA. Se establecen beneficios fiscales.


Mediante la Resolución MHFGC 7163/2022 se establecen beneficios fiscales en diferentes tributos para el período fiscal 2023.


Cabe destacar que para aquellos contribuyentes que se encuentren categorizados dentro del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los ingresos Brutos se disponen las siguientes bonificaciones:


  • Inicio de Actividad: 100% (Cien por ciento) de cada cuota, conforme los términos del primer párrafo del artículo 175 del Código Fiscal vigente. 
  • Inicio de Actividad en el Ejercicio Inmediato Anterior: 50% (Cincuenta por ciento) de cada cuota, siempre que éstos permanezcan dentro del mencionado Régimen, de acuerdo con lo previsto en el segundo párrafo del artículo 175 del Código Fiscal vigente. 
  • Nuevos contribuyentes, de entre dieciocho (18) y veintinueve (29) años: 100% (Cien por ciento) de cada cuota, en la medida en que inicien y mantengan actividades durante los primeros veinticuatro (24) meses desde su alta, según lo dispuesto en el artículo 175 bis del Código Fiscal vigente. 


Se faculta a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos a: 


a) Dictar las normas reglamentarias y/o complementarias para la aplicación y cumplimiento de la norma bajo análisis. 


b) Establecer las condiciones y metodología por medio de la cual se aplicarán las bonificaciones y recargos previstos. 


c) Resolver las cuestiones de hecho y/o de interpretación que se planteen como consecuencia de la aplicación de los beneficios previstos. 


Podes acceder al texto completo de la norma haciendo clic aquí.

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