ARTÍCULO 21.2.- Las disposiciones del segundo párrafo del artículo 15 de la ley resultarán de aplicación para todas las operaciones que lleven a cabo los sujetos allí comprendidos.
Vigencia desde 27/12/2018 a 08/12/2019 (Dto 1170/18)
* Servicio exclusivo para matriculados/as del CPCECABA