Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, establece:
“- Disponer que los títulos públicos nacionales que sean adquiridos por suscripción primaria a partir de la fecha de publicación de esta Comunicación y que cuenten con opciones de liquidez vendidas por el BCRA sobre ellos –Comunicación “A” 7716 y modificatorias– estarán excluidos de los límites crediticios previstos en las normas sobre “Financiamiento al sector público no financiero”.”
Asimismo, les informamos que posteriormente les haremos llegar las hojas que, en re-emplazo de las oportunamente provistas, corresponderá incorporar en las normas de la referencia.
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
* Servicio exclusivo para matriculados/as del CPCECABA