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2024-09-16 | Normativa

Resolución MEC 905/2024. Aprueba el “Plan de Integridad del Ministerio de Economía”


B.O. 16/09/2024

Ciudad de Buenos Aires, 12/09/2024


Visto el expediente EX-2024-81118463- -APN-DGDA#MEC, la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones, las leyes 24.759, 25.188 y sus modificaciones, 26.097 y 27.275, el decreto 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y


CONSIDERANDO:


Que mediante la ley 24.759 se aprobó la Convención Interamericana Contra la Corrupción (CICC), adoptada por los Estados miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA).


Que por la ley 26.097 se aprobó la Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción (CNUCC), adoptada por los Estados miembros de la Organización de Naciones Unidas (ONU).


Que en razón de estos instrumentos internacionales, la República Argentina se comprometió a promover y fortalecer el desarrollo de los mecanismos necesarios para prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción en el ejercicio de las funciones públicas, como así también a aplicar medidas preventivas, dentro de su sistema institucional, destinadas a crear, mantener y fortalecer normas de conducta para el correcto, honorable y adecuado cumplimiento de las funciones públicas.


Que a través de la ley 25.188 y sus modificaciones, se estableció un conjunto de deberes, prohibiciones e incompatibilidades aplicables, sin excepción, a todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías, en forma permanente o transitoria, por elección popular, designación directa, por concurso o por cualquier otro medio legal, extendiéndose su aplicación a todos los magistrados, funcionarios y empleados del Estado.


Que la ley 27.275 tiene por objeto garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública, promover la participación ciudadana y la transparencia de la gestión pública.


Que resulta necesario fortalecer las capacidades institucionales de prevención, control y supervisión del ejercicio de la función pública con el fin de morigerar los riesgos relacionados con cuestiones éticas y de integridad, y garantizar el desarrollo de los procesos y las operaciones conforme a la normativa vigente.


Que, en ese sentido, procede aprobar el “Plan de Integridad del Ministerio de Economía” que como anexo (IF-2024-98732675-APN-SLYA#MEC) integra esta medida, que promueve una cultura organizacional basada en los valores y principios de ética pública, integridad y transparencia, conforme los estándares nacionales e internacionales en la materia, como así también, la prevención y lucha contra la corrupción.


Que en el decreto 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, se prevé entre los objetivos de la Secretaría Legal y Administrativa del Ministerio de Economía el de dirigir el diseño e implementación de políticas de seguridad de la información, transparencia e integridad que se desarrollen en el ámbito esta cartera.


Que en virtud de ello, resulta oportuno designar a la Secretaría Legal y Administrativa como autoridad de aplicación del mencionado Plan de Integridad, y delegar en esa dependencia el dictado de las normas aclaratorias y complementarias que fueran necesarias para su implementación.


Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.


Que la presente medida se dicta en uso de las facultades previstas en el inciso b del artículo 4° de la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones.


Por ello,


EL MINISTRO DE ECONOMÍA


RESUELVE:


ARTÍCULO 1°.- Apruébase el “Plan de Integridad del Ministerio de Economía”, que como anexo (IF-2024-98732675-APN-SLYA#MEC), integra la presente medida.


ARTÍCULO 2°.- Establécese que la Secretaría Legal y Administrativa del Ministerio de Economía será la autoridad de aplicación del plan que se aprueba en el artículo 1° de esta medida, quedando facultada para el dictado de las normas aclaratorias y complementarias que fueran necesarias para la implementación del citado plan.


ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.


Luis Andres Caputo

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Anexo. Plan de Integridad del Ministerio de Economía

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